Esta nueva medida amenaza el trabajo de más de 5.000 personas

Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal supremo ha determinado la distinción entre discapacidad (personas que ostentan un grado de 33% o superior) e incapacidad laboral (personas con invalidez absoluta), algo que podría dejar a unos 5.000 canarios en una situación laboral muy complicada.

El fallo del Supremo considera que la Ley General de Derechos de la Personas con Discapacidad –redactada por el Gobierno de España en 2013– confundió, sin autorización legal, todos los ámbitos de aplicación de los derechos de las personas con discapacidad con los de aquellas en situación de incapacidad laboral.

El estado entonces decidió que las personas en situación de incapacidad como aquellas que tenían una discapacidad, tenían los mismos derechos. Esta resolución, otorgó derechos a personas que no tenían un grado de discapacidad real y les permitió acceder a Centros Especiales de Empleo como personas con discapacidad.

La sentencia del Supremo ha determinado que las personas en incapacidad laboral sin grado mínimo del 33% no son válidas, por lo que no podrán optar a una plaza de empleo reservadas para personas con discapacidad y tampoco podrán ser contratadas en puestos de trabajo protegido.

El problema se presenta aún más complicado en el Archipiélago Canario, ya que el Servicio Canario de Empleo ha decidido rechazar las calificaciones sobre discapacidades anteriores y ha optado por solicitar un nuevo certificado que debe ser tramitado a un centro base.

Este impedimento se ha tornado en un problema burocrático en las Islas: una amplia espera en los propios centros base. Ante esta tesitura el Servicio Canario de Empleo, ha decidido congelar el pago de la subvenciones a todos los Centros Especiales. Esto deja en el aire y en un serio problema la situación laboral de todas las personas con discapacidad en las Islas.

Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), ya se apuntó el mes pasado que «si esas personas se ven privadas de las ayudas y apoyos públicos para ser contratadas por parte de los empresarios» la situación puede desembocar en «la desaparición de miles de empleos de personas con discapacidad, ya insertadas en el mercado de trabajo, agravando una situación laboral insostenible para este sector».

Para el Cermi, «la solución a esta encrucijada jurídica es sencilla y está en manos del Gobierno, pues se trata solo de corregir el defecto formal señalado por el Tribunal Supremo, reconfirmando con otra norma de rango legal y urgente (real decreto-ley) el apartado 2 del artículo 4, en sus términos exactos vigentes, de la Ley General de derechos de 2013».

“El enorme peligro para el empleo de personas con discapacidad, con destrucción masiva potencial de puestos de trabajo, desaparecería, recuperando una normalidad quebrada por la interpretación judicial de un aspecto meramente formal de un proceso legislativo que adoleció de este defecto, sin que esté en entredicho ninguna cuestión de fondo relevante», terminan desde Cermi.

Fuente: Tododisca