¿A quiénes vamos dirigidos?

A quienes se encuentren o creen estar en situación de dependencia y quieran solicitar la valoración para el reconocimiento de la misma. 

  • A quienes hayan solicitado ese reconocimiento y ya valorados no estén de acuerdo con la evaluación emitida.
  • A quienes quieran acceder a los servicios y prestaciones que por su nivel y grado pudieran corresponderles y no les es posible.
  • A quienes busquen alternativas de asistencia y ayuda a la espera de valoración y notificación de la resolución de situación de dependencia.
  • Pero la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, no es solo para mayores.

DEFINICION DE DEPENDENCIA A efectos de la Ley, articulo 2.2, dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la perdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.