Adquirir una vivienda es, de por sí, una operación compleja, pero todavía puede serlo más para las personas con algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial. Y es que, en muchos casos, este colectivo necesita adaptar el inmueble a sus necesidades, lo que puede incrementar aún más el gasto. Por fortuna, como señalan desde el comparador financiero HelpMyCash.com, varias instituciones públicas son conscientes de ello y ofrecen ayudas o ventajas fiscales que pueden suavizar el coste de la compra.
Comunidades que reducen los impuestos sobre la compra
Lo más destacado en ese sentido son las reducciones de los tributos sobre la compraventa que practican algunas comunidades autónomas si el comprador de la vivienda es una persona con discapacidad. En el caso de los inmuebles de primera transmisión, por ejemplo, esa rebaja se aplica sobre el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD). Hay que decir, eso sí, que el IVA (que es de carácter estatal) se mantiene en el 10% para todos los colectivos.
En concreto, la reducción sobre el IAJD se practica en Andalucía (0,1% en lugar de 1,5%), Aragón (bonificación del 30% en la cuota), Canarias (del 1% al 0,4%), Cantabria (del 1,5% al 0,3%), Castilla y León (del 1,5% al 0,5%), Cataluña (del 1,5% al 0,5%), Galicia (del 1,5% al 0,5%) y La Rioja (del 1,5% al 0,5%). Los requisitos para acceder a estas rebajas son adquirir una vivienda de uso habitual, a veces con un valor máximo, y tener un grado de discapacidad reconocido de al menos el 33% o el 65%, según la comunidad autónoma.
Si la vivienda es de segunda mano, también hay varias comunidades que reducen el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), que es el tributo que hay que abonar en estas ocasiones. Como en el caso anterior, la rebaja se aplica únicamente si el inmueble adquirido es para uso habitual y si el grado de discapacidad reconocido alcanza un mínimo del 33% o del 65%.
De hecho, la lista de comunidades que aplican una rebaja sobre el ITP si el adquiriente es una persona con discapacidad es un poco más larga: Andalucía (3,5% en lugar de 8%), Aragón (bonificación del 12,5% en la cuota), Canarias (del 6,5% al 4%), Cantabria (del 10% al 5%), Castilla y León (del 8% al 4%), Cataluña (del 10% al 5%), Comunidad Valenciana (del 10% al 4%), Extremadura (bonificación del 20% en la cuota), Galicia (del 10% al 3%) y La Rioja (del 7% al 5%).
Mejor acceso a las ayudas estatales
En cuanto a las ayudas de la administración central, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 no contempla ningún programa específico para facilitar la compra de inmuebles a las personas con algún tipo de discapacidad. Sin embargo, este colectivo tiene que cumplir unos requisitos algo más laxos para acceder a las subvenciones destinadas a los menores de 35 años que quieren adquirir una casa o un piso.
Así, mientras que el requisito general para acceder a las ayudas es ingresar igual o menos de tres veces el IPREM, el rango se amplía hasta cuatro veces el IPREM para las personas con discapacidad. Además, el límite es de cinco veces el IPREM para individuos con discapacidad física o sensorial del 65% o más o con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual o del desarrollo con un grado mínimo del 33%. En todos los casos, la ayuda máxima es de 10.800 euros con un límite del 20% de la adquisición de la vivienda, cuyo precio no puede superar los 100.000 euros.
Lo que sí incluye el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 es el Programa para el fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad, con el que se incentiva la construcción o reforma de inmuebles para su cesión o alquiler a estos colectivos. Dichas viviendas deben incluir servicios de asistencia social y médica, de limpieza y mantenimiento, de seguridad y de restauración, así como espacios dedicados a las actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales y a las terapias preventivas y de rehabilitación.
Fuente: Capital